- FÍJASE, a partir del 1° de abril del año 2019, en la suma de PESOS SESENTA ($ 60,00) el valor Punto establecido...
- FÍJASE a partir del 1° de julio del año 2019, en la suma de PESOS SESENTA Y SEIS ($ 66,00) el valor Punto establecido...
- FÍJASE a partir del 1° de septiembre del año 2019, en la suma de PESOS SETENTA ($ 70,00) el valor Punto establecido...
- FÍJASE a partir del 1° de abril de 2019, en CINCO POR CIENTO (5%) el suplemento general “Por Antigüedad” ...
- INCREMÉNTASE a partir del 1° de mayo de 2019, los valores correspondientes al suplemento general “Por Título”...
- CREASE a partir del 1º de mayo de 2019, el suplemento “Por Responsabilidad Profesional”...
- DEJASE SIN EFECTO, a partir del 31 de abril de 2019, el adicional de carácter remunerativo y no bonificable denominado “Compensación por Capacitación Policial”...
- ESTABLECESE para el personal del SERVICIO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ, que se incorpore a esa Institución con posterioridad al 29 de octubre de 2018, el suplemento “Bonificación por Recargo de Servicio”...
- FÍJASE a partir del 1° de septiembre del año 2019, en la suma de PESOS SETENTA ($ 70,00) el valor Punto establecido...
- FÍJASE a partir del 1° de abril de 2019, en CINCO POR CIENTO (5%) el suplemento general “Por Antigüedad” ...
- INCREMÉNTASE a partir del 1° de mayo de 2019, los valores correspondientes al suplemento general “Por Título”...
- CREASE a partir del 1º de mayo de 2019, el suplemento “Por Responsabilidad Profesional”...
- DEJASE SIN EFECTO, a partir del 31 de abril de 2019, el adicional de carácter remunerativo y no bonificable denominado “Compensación por Capacitación Policial”...
- ESTABLECESE para el personal del SERVICIO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ, que se incorpore a esa Institución con posterioridad al 29 de octubre de 2018, el suplemento “Bonificación por Recargo de Servicio”...
RÍO GALLEGOS, 16 de Mayo de 2019.-
VISTO:
La Ley N° 746 de Personal Policial, los Decretos N° 212 de fecha 27 de marzo de 2014, 756 de fecha 19 de
abril de 2010, 289 de fecha 17 de abril de 2014 y 990
de fecha 25 de octubre de 2018 y el Expediente MG-N°
508.182/19, del Ministerio de Gobierno y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 746 regula todo lo concerniente a los
derechos del personal policial, en tanto se ajuste a las
obligaciones que impone la misma, los Códigos, Leyes,
Decretos, Reglamentos y otras disposiciones legales, que
se refieran a la organización y servicio de la Institución y
funciones de sus integrantes;
Que mediante el Decreto Nº 212/14, se crea el Consejo
del Salario de la Policía de la Provincia de Santa Cruz,
ámbito mediante el cual se acordarán los salarios del
personal policial de la fuerza de seguridad provincial;
Que con fecha 10 de mayo del corriente año, se arribó
a un acuerdo entre el Poder Ejecutivo Provincial y los
representantes del personal policial en actividad y en
situación de retiro;
Que el Decreto N° 990/18 reglamenta el Título IV de
la Ley N° 3523 en cuanto a las misiones, funciones, dependencia, estructura, organización del personal, entre
otras respecto del Servicio Penitenciario de la Provincia
de Santa Cruz;
Que con motivo de la creación del Servicio Penitenciario Provincial, como nueva fuerza de seguridad actuante bajo la órbita del Ministerio de Gobierno, y la posterior transferencia de agentes públicos afectados a la entonces DIRECCIÓN POLICIAL PENITENCIARIA dependiente de la POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ resulta menester que el acuerdo alcanzado también sea extensible al personal perteneciente a esa Institución;
Que con motivo de la creación del Servicio Penitenciario Provincial, como nueva fuerza de seguridad actuante bajo la órbita del Ministerio de Gobierno, y la posterior transferencia de agentes públicos afectados a la entonces DIRECCIÓN POLICIAL PENITENCIARIA dependiente de la POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ resulta menester que el acuerdo alcanzado también sea extensible al personal perteneciente a esa Institución;
Que como consecuencia del dialogo obtenido entre las partes se ha acordado elevar el valor punto en
la suma de PESOS SESENTA ($ 60,00) a partir del 1º
de abril del 2019; en la suma de PESOS SESENTA Y
SEIS ($ 66,00) a partir del 1º de julio del 2019 y en la
suma de PESOS SETENTA ($70,00) a partir del 1º de
septiembre del 2019;
Que asimismo, se acordó el incremento en el porcentaje del suplemento general “Por Antigüedad” el cual
se fija a partir del 1º de abril de 2019 en CINCO POR
CIENTO (5%);
Que por Decreto N° 756/10 se establece un adicional
de carácter remunerativo y no bonificable denominado
“Compensación por Capacitación Policial” de PESOS
CIENTO CINCUENTA ($ 150,00) la categoría 1°, de
PESOS CIENTO OCHO ($ 108,00) la categoría 2°, de
PESOS CIENTO NOVENTA Y CUATRO ($ 194,00)
para la categoría 3° y de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO ($ 244,00) para la categoría 4°; no
produciéndose modificaciones en cuanto a los valores
para el personal policial;
Que mediante el Decreto N° 289/14, se registra la
última actualización del suplemento particular por título para el personal policial fijado en PESOS CUATROCIENTOS ($ 400,00) respecto del valor por título
Universitario de CINCO (5) años; de PESOS TRESCIENTOS ($ 300,00) sobre el valor por título Universitario de CUATRO (4) años; de PESOS DOSCIENTOS
CINCUENTA ($ 250,00) en cuanto al valor por título
Universitario de TRES (3) años; de PESOS DOSCIENTOS ($ 200,00) para el valor por título Terciario; de PESOS CIENTO CINCUENTA ($ 150,00) para el valor
por título Secundario y de PESOS CIENTO VEINTE
($ 120,00) para el valor por título Secundario de TRES
(3) años;
Que producto de los diversos acuerdos arribados en
el marco de las Negociaciones Colectivas de la Administración Pública Provincial durante el año 2018 se
han instrumentado medidas tendientes al incremento
del “Código 206 - Título”; como así también, nuevos
valores en cuanto al “Código 207 – Responsabilidad
Profesional”.
Que con la puesta en vigencia de la Ley N° 3523 de
Seguridad Pública se propició la implementación de un
nuevo paradigma en materia de seguridad basado en la
acción coordinada y la interacción permanente entre las
personas y las instituciones del sistema democrático, representativo y republicano, particularmente, los organismos componentes del sistema institucional de seguridad
ciudadana;
Que a partir de ello, se han llevado adelante diversos
procesos para la determinación del modelo de Formación y Capacitación Profesional; siendo considerada
como una actividad sistemática, planificada y permanente, cuyo propósito se encamine a lograr el mejor
desempeño de los recursos humanos de las FUERZAS
POLICIALES Y DE SEGURIDAD, mediante la adquisición de conocimientos, desarrollo de habilidades
y actitudes necesarias para mejorar las competencias
profesionales, considerando los diversos niveles, jerarquías y posiciones de todo funcionario, en sus actuales y
futuros cargos, adaptándose a las exigencias cambiantes
del entorno y del momento;
Que en función de proceder a la estandarización de
los valores correspondientes al suplemento general
“Por Título”, contemplado en los ordenamientos administrativos vigentes para el personal de la POLICÍA
DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ y del SERVICIO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA DE
SANTA CRUZ se ha acordado incrementar, a partir del
1º de mayo de 2019, los valores de dicho suplemento
en PESOS UN MIL OCHOCIENTOS ($ 1.800,00)
respecto del valor por título Universitario de CINCO
(5) años o más; en PESOS UN MIL TRESCIENTOS
CINCUENTA ($ 1.350,00) sobre el valor por título
Universitario de CUATRO (4) años o más; en PESOS
UN MIL CIENTO VEINTICINCO ($ 1.125,00) en
cuanto al valor por título Universitario de TRES (3)
años o más; en PESOS NOVECIENTOS ($ 900,00)
para el valor por título Terciario de UNO (1) o más años
y en PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO
($ 675,00) para el valor por título Secundario de CINCO (5) y TRES (3) años;
Que asimismo, con el objetivo de contribuir a la profundización de las políticas en materia de Formación y
Capacitación para el personal de las fuerzas provinciales e incentivar la profesionalización de las Instituciones
Policiales y de Seguridad se acordó crear a partir del 1
de mayo de 2019 un suplemento “Por Responsabilidad
Profesional” que sustituya al actual adicional denominado “Compensación por Capacitación Policial” a
partir de un nuevo régimen regulatorio que sea complementario al suplemento general “Por Título” consistente en PESOS TRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS
($ 3.983,52), respecto del valor por título Universitario
de CINCO (5) años o más; en PESOS TRES MIL
DOSCIENTOS OCHENTA CON CINCUENTA Y
CINCO CENTAVOS ($ 3.280,55) sobre el valor por
título Universitario de CUATRO (4) años o más; en
PESOS DOS MIL NOVECIENTOS VEINTINUEVE
CON SEIS CENTAVOS ($ 2.929,06) en cuanto al valor por título Universitario de TRES (3) años o más; en
PESOS DOS MIL NOVECIENTOS VEINTINUEVE
CON SEIS CENTAVOS ($ 2.929,06) para el valor por
título Terciario de UNO (1) o más años; en PESOS UN
MIL CUATROCIENTOS CINCO CON NOVENTA
Y CINCO CENTAVOS ($ 1.405,95) para el valor por
título Secundario de CINCO (5) y TRES (3) años y en
PESOS CIENTO CINCUENTA ($ 150,00) para el personal que no percibe suplemento “Por Título”;
Que a su vez, mediante Disposición SSAP N° 07/19,
procedente de la Subsecretaría de Asuntos Penitenciarios, se dictó una regulación aclaratoria, complementaria y operativa a la normativa vigente, la cual determinó
procedimientos, equivalencias remunerativas y de antigüedad del personal que fuera traspasado a la órbita del
Servicio Penitenciario Provincial o el que en el futuro
se incorpore al mismo a efectos de instrumentar una correcta liquidación de sueldos;
Que el artículo 12° del decisorio precitado estableció que el suplemento “Bonificación Por Recargo de
Servicio”, regulado para el personal de la Policía de la
Provincia de Santa Cruz por Decreto N° 44/11 refiere
a los supuestos determinados por el artículo 301° del
Anexo I al Decreto N° 990/18, debiéndose instrumentar
un acto administrativo de similares característica para el
personal que se incorpore a la Institución Penitenciaria,
con posterioridad al 29 de octubre del año 2018;
Que en consecuencia, a los efectos de propiciar una
economía en los procesos administrativos deviene eficaz
esta oportunidad para regularizar la situación antes
descripta, siendo menester establecer para el personal del
SERVICIO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA
DE SANTA CRUZ que se incorpore a esa Institución con posterioridad al 29 de octubre del año 2018, el
suplemento “Bonificación por Recargo de Servicio”, de
conformidad a lo determinado por el Anexo I al Decreto
N° 44/11 o norma legal que en el futuro lo reemplace;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 119° inciso 18) de la
Constitución Provincial y de conformidad a las facultades delegadas por el artículo 3° de la Ley N° 2347;
Por ello y atento a los Dictámenes DGCALyD-Nº
0193/19, emitido por la Dirección General Coordinación de Asuntos Legales y Despacho de la Secretaría de
Estado de Seguridad del Ministerio de Gobierno, obrante a fojas 58/59 y SLyT-GOB-Nº 327/19, emitido por
Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante
a fojas 79/80;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- APRUÉBASE en todas sus partes el
Acta Acuerdo, en el marco de la reunión del CONSEJO
DEL SALARIO de la POLICÍA DE LA PROVINCIA
DE SANTA CRUZ, suscripta con fecha 10 de mayo del
año 2019, entre los representantes del Poder Ejecutivo
Provincial y los representantes del personal policial en
actividad y en situación de retiro, la cual como Anexo
forma parte integrante del presente.-
Artículo 2º.- FÍJASE, a partir del 1° de abril del año
2019, en la suma de PESOS SESENTA ($ 60,00) el
valor Punto establecido en los ordenamientos administrativos vigentes para el personal de la POLICÍA DE
LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ y del SERVICIO
PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA DE SANTA
CRUZ, en un todo de acuerdo a los considerandos del
presente.-
Artículo 3°.- FÍJASE a partir del 1° de julio del año
2019, en la suma de PESOS SESENTA Y SEIS ($ 66,00)
el valor Punto establecido en los ordenamientos administrativos vigentes para el personal de la POLICÍA DE
LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ y del SERVICIO
PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA DE SANTA
CRUZ, en un todo de acuerdo a los considerandos vertidos del presente.-
Artículo 4°.- FÍJASE a partir del 1° de septiembre del
año 2019, en la suma de PESOS SETENTA ($ 70,00)
el valor Punto establecido en los ordenamientos administrativos vigentes para el personal de la POLICÍA DE
LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ y del SERVICIO
PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA DE SANTA
CRUZ, en un todo de acuerdo a los considerandos vertidos del presente.-
Artículo 5°.- FÍJASE a partir del 1° de abril de 2019,
en CINCO POR CIENTO (5%) el suplemento general
“Por Antigüedad” contemplado en los ordenamientos
administrativos vigentes para el personal de la POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ y del
SERVICIO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA
DE SANTA CRUZ, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.-
Artículo 6°.- INCREMÉNTASE a partir del 1° de
mayo de 2019, los valores correspondientes al suplemento general “Por Título” contemplado en los ordenamientos administrativos vigentes para el personal de
la POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
y del SERVICIO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ, de conformidad al detalle
obrante en Planilla, que como ANEXO I forma parte
integrante del presente, en un todo de acuerdo a los considerandos pertinentes.-
Artículo 7°.- CREASE a partir del 1º de mayo de
2019, el suplemento “Por Responsabilidad Profesional” para el personal de la POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ y del SERVICIO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ, de
conformidad al detalle obrante en Planilla, que como
ANEXO II, forma parte integrante del presente, en un
todo de acuerdo a los considerandos vertidos en el presente.-
Artículo 8°.- DEJASE SIN EFECTO, a partir del
31 de abril de 2019, el adicional de carácter remunerativo y no bonificable denominado “Compensación por
Capacitación Policial”, que fuera dispuesto por Decreto N° 756 de fecha 19 de abril de 2010.-
Artículo 9°.- ESTABLECESE para el personal del
SERVICIO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA
DE SANTA CRUZ, que se incorpore a esa Institución
con posterioridad al 29 de octubre de 2018, el suplemento “Bonificación por Recargo de Servicio” de conformidad a lo determinado por el Anexo I al Decreto
N° 44 de fecha 17 de enero de 2011, o norma legal que
en el futuro lo reemplace, en un todo de acuerdo a los
considerandos pertinentes.-
Artículo 10°.- AUTORÍZASE al Ministerio de Gobierno al dictado de normas aclaratorias y/o complementarias necesarias para la mejor implementación del
presente Decreto.-
Artículo 11°.- AUTORÍZASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, para que a través de
las áreas competentes, emita las instrucciones pertinentes para instrumentar operativamente los alcances del
presente Decreto, facultándolo además a realizar las
adecuaciones presupuestarias que correspondan.-
Artículo 12º.- El presente Decreto será refrendado
por el señor Ministro Secretario en el Departamento de
Gobierno.-
Artículo 13°.- PASE al Ministerio de Gobierno
(quien remitirá copia del presente ante quien corresponda), a sus efectos tomen conocimiento Contaduría
General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial
y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. KIRCHNER – Dr. Fernando Miguel Basanta