En el año 2009 se implementan directivas para el trato laboral con personal en estado de gravidez, fijando pautas horarias, medidas preventivas y requisitos para su cumplimiento.-
Publicamos la Disposición n° 189-D1/2009 con la que se regula administrativamente la relación intra-laboral de la mujer en estado de embarazo dentro de una dependencia Policial en la Provincia de Santa Cruz.-
RÍO GALLEGOS: Mayo 06
de 2.009.-
VISTO:
El informe producido
por el Departamento Personal y el Servicio de Reconocimientos Médicos
dependiente de la División Servicio Social Policial, y;
Que dichas instancias
de asesoramiento recomiendan la implementación de medidas preventivas desde el
aspecto médico, de aplicación general y destinada al personal policial femenino
superior y subalterno, que se encuentra en situación de embarazo;
Que dichas medidas
tienden a disminuir y evitar la exposición del personal policial femenino en
estado de embarazo a situaciones con riesgo potencial hada la futura madre y/o
producto de la concepción;
Que tales mesuras
deberán entenderse como la realización de tareas administrativas, sin realizar
actividad intensa ni participar de la función operativa, a fin de salvaguardar
la integridad física del personal policial mencionado;
Que dicha adecuación de tareas, sin reducción
horaria comprenderá el período desde la denuncia al Jefe responsable de la
Dependencia por parte de la interesada acreditada mediante certificado médico
confeccionado por especialista en Ginecología, Tocoginecología o Médico
Especialista en Medicina General, a partir de las 12 semanas de gestación y
hasta el inicio de la Licencia por Maternidad;
Que esta instancia
atendiendo lo expuesto considera viable, el dictado del Instrumento legal
pertinente, ordenando la medida a adoptar;
POR ELLO:
EL JEFE DE POLICÍA DE
LA PROVINCIA
DISPONE:
Artículo 1ro.- IMPLEMENTAR a partir de día de
la fecha, por intermedio de los Jefes de Dependencias, medidas preventivas para
con el personal femenino superior y subalterno que se encuentra en estado de
embarazo, consistente en adecuar en su lugar de trabajo y dentro del horario
normal de servicio, tareas de carácter administrativas, sin realizar actividad
física intensa ni participar en tareas operativas, autorizándose el uso de
vestimenta de civil de acuerdo a las necesidades de la situación de gestación.
Artículo 2do.- PASE al Departamento Personal a sus efectos,
tomen conocimiento: Subjefatura de Policía, Direcciones, Departamentos,
Divisiones, Unidades Regionales, Comisarías, Subcomisarías y unidades menores,
Grupos Especiales. Servicios Sociales Policiales, Servicios de Reconocimientos
Médicos. Comuníquese, notifíquese, regístrese y cumplido ARCHÍVESE.-
DISPOSICIÓN N° 189-D1/09.-
Fdo. Alejandro Alfredo MARTIN - COMISARIO GENERAL - JEFE DE
POLICÍA