Reglamento Organizativo
Dado el crecimiento de la Asociación Civil Policial (ACP), PJ n° 1.162, en toda la Provincia de Santa Cruz y la demanda constante de participación; nos vemos en la necesidad de dar autonomía a cada localidad que la integra, con el fin de brindar un mejor protagonismo societario en todo el territorio; y que esta dinámica se realice en conformidad a la idiosincrasia de cada uno de los pueblos.-
Por lo expuesto, se debe normalizar en post de una descentralización eficiente, creando el siguiente reglamento:
De la Sede Central, De la Sede Local, Del Delegado Local y Del Tesorero Local
1) Créase una Sede Central, de la cual dependerán las sedes locales con asiento en el domicilio real denunciado ante la Dirección Provincial de Inspección General de Personas Jurídicas. (DPIGPJ).-
2) Nómbrese, en cada localidad con municipio a un Delegado Local miembro activo de la Asociación Civil Policial; el mismo representará a la Asociación Civil Policial quien, en conjunto con los socios, llevará adelante las gestiones y utilización de los recursos para la creación, sustento y ampliación de la Sede Local. Exceptuando a la localidad en la que la Sede Central se asiente; tomando funciones en la misma, miembros de la Comisión Directiva. (Anexo 1).-
3) Las funciones, responsabilidades, obligaciones y deberes de cada una se establecerán según lo siguientes postulados a saber:
a. Sede Central: Organismo en el que la Comisión Directiva tomará funciones conforme a Estatuto. Los miembros que no pudiesen hacerlo, por motivos de lejanía del domicilio real de la personería jurídica, asumirán el cargo de Delegado de Sede Local en donde residan o colaborarán con la misma en caso que no pudieran llevar adelante el cargo, por lo que propondrán a otro socio al efecto.-
i. De esta dependerán las sedes locales de toda la provincia.-
ii. Nombrará uno o más Delegados por localidad, los cuales duraran en funciones conforme voluntad de la Comisión Directiva.-
iii. Realizará los balances generales y presentación de toda documentación solicitada por los entes controladores, para el normal funcionamiento de la Asociación Civil Policial.-
iv. Tendrá a su cargo la administración de los recursos societarios y destinará los montos correspondientes a cada sede conforme el sistema de coparticipación adoptado. (Anexo 2).-
v. Controlará las rendiciones de las sedes locales.-
vi. Determinará de forma general las prioridades del uso de recursos dándolos a conocer a los responsables de cada Sede Local. (Anexo 3).-
vii. Trabajará de forma directa con el Secretario General del Consejo del Salario, y Director del Observatorio de Seguridad Ciudadana, con el fin de aunar esfuerzos y resolver las necesidades detectadas por el personal de cada ente en las distintas localidades.-
b. Sede Local: En esta tomará funciones el Delegado Local asignado por la Sede Central.-
i. Dependerá directamente de la Sede Central.-
ii. Los bienes que de ella dependan serán propiedad de la Asociación Civil Policial.-
c. Del Delegado Local:
i. Asumirá/n el rol de vocero/s de los socios de su localidad conjuntamente con el Delegado del Consejo del Salario Policial en las asambleas generales de la Asociación Civil Policial.-
ii. Dependerá/n directamente de la Sede Central.-
iii. Tendrá/n a su cargo los bienes y recursos pertenecientes a la Sede Local.-
iv. Llevará/n un control y actualización del padrón local, denunciando Altas y Bajas; elevará/n la documentación respaldatoria e informará/n, sobre traslados de socios, a la Sede Central.-
v. Realizará/n reuniones de socios con el fin de determinar las necesidades y problemáticas, dar a conocimiento a los mismos los avances, funciones y gestiones llevadas adelante por la Asociación Civil Policial.-
vi. Gestionará/n servicios y beneficios conforme a las necesidades locales.-
vii. Enviará/n toda documentación relacionada con la locación, compras, gestiones, donaciones realizadas o recibidas, títulos y/o material de interés, que crea conveniente con los fines de la Asociación Civil Policial, a la Sede Central.-
viii. Nombrará/n a un Tesorero Local, mediante acta y voluntad de los socios de su localidad. El cual durara en funciones conforme voluntad de los socios. (Anexo 1).-
ix. Será responsable de la cuenta bancaria local asignada por la Sede Central, en conjunto con el Tesorero Local. No se podrá utilizar ningún otro medio bancario, para los recursos propios de la Asociación Civil Policial, sin previa solicitud de autorización fundada a la Sede Central.-
d. Del Tesorero Local:
i. Dependerá directamente del Delegado Local.-
ii. Estará a cargo de administrar los recursos asignados conjuntamente con el Delegado Local.-
iii. Realizará las rendiciones a la Sede Central conforme directivas del Tesorero de la Sede Central o de quien este designe.-
iv. Acatará las reglamentaciones y el orden de prioridades para el uso de recursos establecido por la Sede Central. (Anexo 3).-
v. Llevará un Inventario de Bienes el cual actualizará cada vez que se sume un Bien o se le dé de Baja, el que elevará a la Sede Central.-
vi. Será responsable de la cuenta bancaria asignada por la Sede Central. No se podrá utilizar ningún otro medio bancario, para los recursos propios de la Asociación Civil Policial, sin previa solicitud de autorización fundada a la Sede Central.-
4) Llévese a conocimiento a los fines de su implementación y cumplimiento.-
Anexo 1
Nómina de Delegados y Tesoreros Locales
Dando cumplimiento al Reglamento Organizacional, se nombra Delegado Local y Tesorero Local a los siguientes socios a saber, según el siguiente cuadro:
Anexo 2
Sistema de Coparticipación
El sistema de coparticipación tendrá carácter equitativo y solidario. La cuota societaria se distribuirá conforme a la cantidad de socios que se asienten en cada localidad y lo que ingrese al descuento por débito automático bancario. Cada Sede Local recibirá el 75% del total de lo recaudado en su localidad, menos los gastos comunes de servicios brindados por las empresas contratadas por la Sede Central.-
El 25% restante se le asignará a la Sede Central, la cual realizará el pago de los servicios comunes que corresponda a cada Sede Local, los que serán descontados respectivamente.-
Los aportes se realizarán a mes vencido; ósea los aportes del mes 1 serán efectivizados en el mes 2 y así sucesivamente.-
La Sede Central contará con un plazo de 10 días posterior a la fecha de cobro del personal activo de la Provincia de Santa Cruz, para realizar los depósitos correspondientes a cada sede local, excepto cuando por razones que estuvieren fuera de su alcance no pudiese efectivizarlo.-
La Sede Central tendrá la facultad de brindar ayudas económicas o financiaciones para la adquisición de bienes afines a la tarea y objetivos de la Asociación Civil Policial, a la Sede Local que solicite o precise realizar una inversión que, dado su presupuesto, no pudiesen solventar manteniendo las responsabilidades asumidas para el normal funcionamiento de la misma.-
Cada Sede Local será autónoma y podrá invertir en servicios, fundamentando la necesidad de ello y elevándolo a la Sede Central; así también podrá realizar ayudas económicas o financieras a otra Sede Local o a la Sede Central.-
La Sede Central determinará un orden de prioridades afines a las tareas y objetivos de la Asociación Civil Policial, dirigido a brindar beneficios comunes a los socios y/o al rol societario.-
El Tesorero Local deberá presentar mensualmente un Resumen de Saldos y Gastos, resguardar la documentación respaldatoria correlativa por fecha y elevarla a la Sede Central cuando le sea solicitada quedando en su poder copias de las mismas que serán certificadas por la Sede Central.-
Casos Diferenciados
En casos de recibir donaciones monetarias, estas se depositarán en la cuenta asignada y se informará mediante nota fundada los motivos y proveniencia de la misma a la Sede Central. De igual forma para la recepción de donaciones de bienes, se informará mediante nota.-
Para dar de baja un Bien se informará mediante nota los motivos, acompañado de secuencias fotográficas del mismo, a la Sede Central.-
No se podrá utilizar la cuenta bancaria para diferir fondos de terceros.-
La Sede central no aprueba los préstamos a afiliados bajo ninguna circunstancia.-
No se realizarán donativos a instituciones u organizaciones que cuenten con fondos propios o recursos del Estado. Lo que no implica que se pueda realizar gestiones ante las instancias que dependan para que éstas afronten sus responsabilidades; exceptuando en el que por tal donativo se reciba una contraprestación de igual valor o significancia para las tareas y objetivos de la Asociación Civil Policial.-
Anexo 3
Orden de Prioridades
Las prioridades se darán conforme lo establezcan las necesidades actuales, quedando sujetas a las modificaciones determinadas por la Sede Central.-
Se seguirá el siguiente orden de importancia:
1. Solventar y controlar los gastos que fuesen requeridos por los Delegados del Consejo del Salario Policial de la provincia de Santa Cruz, fundamentando los motivos y anexarlos a la documentación respaldatoria.-
2. Mantener una reserva financiera que supere el costo mensual de una comisión conformada por dos personas desde la localidad a la Sede Central y su retorno: pasajes o combustible, estadía, racionamiento y gastos imprevistos; esta será destinada al personal del Consejo del Salario y/o delegado local en caso de que emerja de improvisto la necesidad de tener su presencia en Sede Central u otra Sede Local.-
3. Pagar los alquileres de inmuebles en la que se asienten las sedes.-
4. Pagar los servicios públicos y telefonía fija de las sedes.-
5. Realizar ayudas económicas a los afiliados en caso de urgencias médicas y/o sociales que ameriten la misma.-
6. Comprar muebles que no se puedan suministrar desde otras sedes o gestionar por otros medios.-
7. Comprar insumos y herramientas administrativas acordes a la tareas y exigencias de las sedes: hojas A4 y oficio, sobres carta y madera, abrochadora, perforadora, biromes, lápices, folios, carpetas colgantes, biblioratos, computadoras, impresoras, tóner, etc.-
8. Comprar elementos de limpieza de uso común y acorde a las necesidades: desinfectantes de piso, detergente, aromatizante ambiental, trapos de piso, balde, escobillón y/o escoba, trapeador, rejillas de paño, repasadores, papel higiénico, etc.-
9. Comprar mercadería con fines sociales: café, té, mate cocido, yerba, azúcar, leche, chocolatada, etc. En ocasiones de visitas de personas de significancia política o de gestión, se podrá comprar panificaciones en medida razonable.-
10. Costear presentes y/o agasajos, previa autorización fundada de los motivos y anexando documentación respaldatoria.-